No se interrumpen los plazos para presentar declaraciones y autoliquidaciones tributarias

Published by Juan Carlos Ramos Martín on

La suspensión de los términos y la interrupción de los plazos administrativos que se establecen en el Real Decreto que declara el estado de alarma, no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias.


Juan Carlos Ramos Martín

Director de Comunicación - 922 296 700 ext. 221

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